domingo, 12 de abril de 2015

Emprendedores,Innovación y Riesgos.

Se denomina emprendedor a aquella persona que identifica una oportunidad y organiza los recursos necesarios para cogerla. De hecho, en la etimología de la palabra se encuentra la voz latina prendĕre que significa literalmente coger o tomar. Es habitual emplear este término para designar a una «persona que crea una empresa» o que encuentra una oportunidad de negocio, o a alguien quien empieza un proyecto por su propia iniciativa.

Pero yendo más allá, una persona emprendedora es aquella que tiene la actitud y aptitud para emprender nuevos rumbos, iniciar nuevos proyectos, ir mas allá, cerrando el paso al miedo y abriéndole camino a la motivación y confianza en sí mismo. Debemos tomar el cuenta que un emprendedor debe estar sujeto a la innovación y riesgo por parte de alguien que realmente crea en sus ideas y le ayude a dar inicio.

El emprendedor tiene creencias firmes acerca de una oportunidad de mercado y está dispuesto a aceptar un alto nivel de riesgo personal, profesional o financiero para perseguir esa oportunidad de negocio.

El emprendedor tiene muchas de las características de un líder. Al compararlo con un gerente o administrador convencional, se dice que este último es más metódico y menos arriesgado.
No hay manera de eliminar los riesgos asociados con el arranque de un negocio o proyecto nuevo. Sin embargo, puedes mejorar tus probabilidades de éxito como emprendedor con una buena planificación y preparación.

Requisitos esenciales del emprendedor

IniciativaLa iniciativa es muy importante ya que de ti dependerá el desarrollar el proyecto, organizar tu tiempo de trabajo, hacer el seguimiento de los detalles, etc. Si no tienes iniciativa, estás perdido como emprendedor.
Personalidad Agradable: El emprendedor de negocios o proyectos requiere desarrollar relaciones con mucha gente, incluyendo clientes, proveedores, personal, banqueros, abogados, contadores, consultores, etc.
¿Puedes atender las quejas de un cliente insatisfecho? ¿Tratar con un proveedor incumplido? ¿Con personal ineficiente o conflictivo?
¿Qué tal eres para tomar decisiones bajo presión, constantemente, rápidamente y por tu cuenta?
Sacrificio Familiar: ¿Cómo afectará el proyecto o negocio a tu familia?
Los años iniciales de una empresa o proyecto pueden ser difíciles para la vida familiar. Puede haber dificultades financieras mientras el negocio o proyecto no sea rentable, lo cual puede tomar meses o años. Tendrás quizás que ajustarte a un estándar de vida más bajo o arriesgar los activos de la familia...


Vigor Físico y Emocional: Los retos del emprendedor, pueden ser divertidos y emocionantes, pero también representan mucho trabajo. ¿Puedes resistir días de 12 horas de trabajo o más, seis o siete días a la semana?
Planificación y Organización: Muchos fracasos de negocios o proyectos pueden evitarse con una buena planeación. Una buena organización de las finanzas, inventarios, programación, producción, etc. puede ayudar a evitar muchos peligros de fracaso.
Motivación: Un negocio o proyecto puede ser desgastante. Algunos administradores se desaniman al tener que cargar toda la responsabilidad sobre sus hombros. Una fuerte motivación puede hacer que un negocio progrese y es de ayuda para sobrevivir a esos períodos de estrés.
Como ves, existen algunas razones por las cuales podrías optar por no iniciar un negocio o proyecto. Pero para el emprendedor, las ventajas de tener algo propio sobrepasan los riesgos y desventajas.

Ventajas del Emprendedor
·       
S   Ser tu propio jefe
·         Las muchas horas de trabajo te benefician directamente a ti y no a otros
·         Mayor potencial de crecimiento y de ganancias
·         La emoción de una nueva aventura

·         Mayor variedad de retos y oportunidades de aprendiz
     
     Biografía de algunos emprendedores exitosos
     
     Levis Strauss
     Steve Jobs


      AngelMendoza.
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viernes, 20 de marzo de 2015

Formas de dejar tu trabajo y obtener tus prestaciones laborales

La dimisión es la disolución de un contrato de trabajo por voluntad unilateral del trabajador, en nuestro código laboral se encuentra establecida en el art.96 y finaliza en el art.102  Para realizar una dimisión, el trabajador debe verse afectado por unas de las causas enumeradas en el art. 97 del código de trabajo de la República Dominicana, que cita lo siguiente:

Art. 97.- El trabajador puede dar por terminado el contrato de trabajo, presentando su dimisión, por cualquiera de las causas siguientes:

1o. Por haberlo inducido a error el empleador, al celebrarse el contrato, respecto a las condiciones de éste.
2o. Por no pagarle el empleador el salario completo que le corresponde, en la forma y lugar convenidos o determinados por la ley, salvo las reducciones autorizadas por ésta.
3o. Por negarse el empleador a pagar el salario o reanudar el trabajo en caso de suspensión ilegal de los efectos del contrato de trabajo.
4o. Por incurrir el empleador, sus parientes o dependientes que obren con el consentimiento expreso o tácito de él dentro del servicio, en faltas de probidad, honradez, en actos o intentos de violencia, injurias o malos tratamientos contra el trabajador o contra su cónyuge, padres e hijos o hermanos.
5o. Por incurrir las mismas personas en los actos a que se refiere el apartado anterior, fuera del servicio si son de tal gravedad que hagan imposible el cumplimiento del contrato.
6o. Por haber el empleador, por sí mismo o por medio de otra persona, ocultado, inutilizado o deteriorado intencionalmente las herramientas o útiles de trabajo del trabajador.
7o. Por reducir ilegalmente el empleador el salario del trabajador.
8o. Por exigir el empleador al trabajador que realice un trabajo distinto, de aquél a que está obligado por el contrato, salvo que se trate de un cambio temporal a un puesto inferior en caso de emergencia con disfrute del mismo salario correspondiente a su trabajo ordinario.
9o. Por requerir el empleador al trabajador que preste sus servicios en condiciones que lo obliguen a cambiar de residencia, a menos que el cambio haya sido previsto en el contrato o resulte de la naturaleza del trabajo o del uso, o sea justificado y no cause perjuicios al trabajador.
10o. Por estar el empleador, un miembro de su familia o su representantes en la dirección de las labores, atacado de alguna enfermedad contagiosa siempre que el trabajador deba permanecer en contacto inmediato con las personas de que se trata, o por consentir el empleador o su representante que un trabajador atacado de enfermedad contagiosa permanezca enel trabajo con perjuicio para el trabajador dimisionario.
11o. Por existir peligro grave para la seguridad o salud del trabajador, porque no se cumplan las medidas preventivas y de seguridad que las leyes establecen.
12o. Por comprometer el empleador, con su imprudencia o descuido inexcusable, la seguridad del taller, oficina o centro de trabajo o de las personas que allí se encuentren.
13o. Por violar el empleador cualquiera de las disposiciones contenidas en el artículo 47.
14o. Por incumplimiento de una obligación sustancial a cargo del empleador.

El proceso de presentar una dimisión ante el empleador, y el ministerio de trabajo por una de las causas enumeradas, caduca a los 15 días, este plazo inicia luego de haberse generado el derecho. Al hacer entrega formal de su dimisión puede abandonar su trabajo sin incurrir en ninguna responsabilidad pero, la dimisión que no se presente ante el ministerio de trabajo o quien ejerza la funciones de este, se reputa que carece de validez por lo que hay que notificar a ambas partes en un plazo de 48 horas después de realizada la dimisión.

Si surge alguna litis judicial y el trabajador justifica la justa causa de dimisión, se justificara valida y se condenara al empleador al pago de las indemnizaciones establecidas en el art. 95 para el caso de despido injustificado.

Si no se comprueba la justa causa invocada para fundamentar la dimisión, el tribunal la declarará injustificada, resolverá el contrato de trabajo por culpa del trabajador, y condenará a éste al pago de una indemnización en favor del empleador igual al importe del pre-aviso previsto en el artículo 76.



AngelMendoza.
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domingo, 8 de marzo de 2015

Río salado un destino turístico sin explotar

La contaminación de los ríos es una problemática que afecta directa o indirectamente a la población de un Estado, el incremento de las industrias y la población que se  instalan a orillas de estos generan un impacto ambiental negativo.¿Porqué? Pues, porque los desagües de cloacas, los químicos industriales, los desechos orgánicos e inorgánicos llegan hasta las orillas de sus cauces, y existe una línea tope en la cual el río, después de adquirir tanta contaminación pierde su esencia natural y comienza a generar daños en la fauna, en la flora, en el suelo y a los mismos seres humanos que la toman.
Tenemos ejemplos a nivel mundial de ríos con estas caracteristicas, por tanto han acabado con todo el sistema fértil natural que lo rodea, generando una grave crisis económica, dejando huellas indelebles en la sociedad, suelos infértil y enfermedades virales e infecciosas. Entre estos ríos podemos mencionar:


El Río de la Plata ubicado entre Argentina y Uruguay. el Rio Danubio que pasa por Alemania, Austria, Eslovaquia, Rumania, Moldavia y Ucrania, y el Rio Salwen, ubicado entre china, tailandia y Birmania, siendo este el más contaminado del mundo (Muestra Gráfica).

En mi ciudad natal, La Romana, existe un  río llamado “Río salado”, este sistema fluvial no está exente de la realidad negativa que va en proceso de evolución, pues, es notable la contaminación que existe por desechos, el impacto negativo que está creando en su alrededor y la indiferencia de las autoridades pertinentes.
Rio salado es una joya invaluable pero despreciada, el sistema turístico que puede ser creado en esta zona, podría generar un gran impacto positivo al medio ambiente, generar empleos a la ciudadanía Romanense,  elevar la entrada de turistas a nuestro pueblo y elevar los ingresos de la alcaldía.

A mi entender se debe realizar un proyecto habitacional para desplazar a las personas que habitan en las orillas del río, demoler las casas creadas en este entorno, realizar un boulevard turístico con  casetas para vendedores de artesanía, centros de relajación, centros de ventas de productos comestibles para los turistas de cruceros y ciudadanos que quieran disfrutar de un hermoso paisaje natural, empezar un sistema de limpieza del Río para crear una compañía de juegos acuáticos y una compañía de alquiler de canoas administradas por un patronato creado por diferentes instituciones gubernamentales y municipales.
La población Romanense podrá observas las riquezas naturales de Río salado en estado de salubridad y un entorno ambiental mas sostenible.

Rio Sena Paris - Ejemplo de maravilla natural.

Articulo escrito en Marzo de 2015, en la Romana, Rep. Dom


domingo, 22 de febrero de 2015

Problema Dominico-Haitiano.

Para iniciar con el exordio o preámbulo de este escrito, voy a citar la famosa frase del insigne historiador, Paul Preston, que cita de la siguiente manera, “Quien no conoce su historia está condenado a repetir sus errores", y esta es una verdad pura y simple en todo ámbito, tanto social, político, económico, educativo...
Mi inquietud al realizar este escrito, es hacer conciencia acerca de la situación haitiana en nuestra amada patria, llamada "La Atenas del nuevo mundo" cuando estuvimos bajo dominio español.
La migración haitiana, en República Dominicana, es de tener sumo cuidado y control, por encima de cualquier otra nacionalidad, primero por la violación a la Ley General de Migración No. 285-04, por entrar al país sin realizar los trámites permitentes en la Embajada Dominicana establecida en suelo Haitiano y segundo por la situación histórico social  existente entre las dos naciones.
En estos días un amigo llamado Rubén David Castillo, me enseñó un video llamado “Revolisyon” del cantante haitiano “Jean Sam Occelin” y producido por “Sam Se Pam” en este video se hace alusión al revolucionario haitiano Jean Jacques Dessalines, incitando a la destrucción del pueblo Dominicano, y peor aún, se incinera nuestra Bandera, haciendo ofensa a los ideales de nuestros patricios, y  de la misma forma a un país Libre e Independiente.
Jean-Jacques Dessalines, quien  fue un líder de la Revolución Haitiana que proclamó la independencia del país el 1 de Enero de 1804 y se convirtió en su primer gobernante, también fue el líder y suicida descomunal en las invasiones  haitianas realizadas en la parte Este de la isla producidas entre 1801 y 1805, tanto así, que, junto a sus tropas asesinaron a centenares de personas sin piedad, tácticas averrantes, como garantizarles a todos sus vidas siempre que acudan a las iglesias pero cuando se encontraban en ellas  lo que hicieron fue decapitarlas, entre estos se encontraban niños, niñas y mujeres indefensas.
Dando seguimiento a las invasiones, no podemos olvidar la Ocupación haitiana de 1822, lideradas por Jean Pierre Boyer, y sus tropas, veinte y dos años de crueldad y tratos inhumanos, donde se cerraron las escuelas y se abrieron institutos siendo profesores los haitianos, donde se prohibían los documentos oficiales escritos en español, donde cerraron la Universidad Santo Thomas de Aquino (Actual UASD),Tomando en cuenta que, para poder ser libres e independientes, gracias a los celebres patricios, tuvimos que librar catorce batallas, desde el 1844 cuando se proclama nuestra independencia iniciando con la Batalla de La Fuente del Rodeo hasta el 1856 donde se libro la última batalla, la Batalla de Sabana Larga.
Recordar que Haití está sumergida en una crisis política y económica,los ciudadanos de esta nación encuentran solución a sus problemas con la conquista de la parte Este de la isla, creyendo que este terrritorio le pertenece, ya que, alegan fue robado por los Dominicanos, al inmigrar y buscar ciudadanía de la forma incorrecta, exigir derechos que no les corresponden por ingresar al suelo dominicano ilegalmente y querer establecerse como dueños y señores de nuestro país sin tener privilegios algunos.
Entonces, más que un problema de migración, el problema Dominico-Haitiano es un problema de control de la Isla.

Amo mi patria, Viva República Dominicana. 

jueves, 4 de diciembre de 2014

AnteProyecto del Código Penal y el Aborto

La introducción de "El Aborto" en el anteproyecto del código penal de la República Dominicana, es un tema actual que se ha estado debatiendo en todos los medios, en especial en el poder legislativo y poder ejecutivo. En la pieza aprobada en única discusión y acogida tal y como fue devuelto por el Senado, fue enviada al poder ejecutivo para su su efectiva promulgación pero, el Presidente Danilo Medina ha devuelto la pieza con observaciones especificas en los artículos 107/110.

La definición de aborto; Es la interrupción del embarazo antes de los 180 días de gestación, pudiendo ser espontáneo, natural, o provocado.

El aborto en el sentido médico se corresponde con los dos trimestres iniciales, no obstante en casos de malformaciones graves el tiempo puede sobrepasar dichas fechas. La interrupción del embarazo, ya sea natural o inducida, va seguida de la expulsión del producto gestacional por el conducto genital, y puede estar precedida por pérdidas de sangre por el mismo conducto.



En la constitución de nuestra República, se establece en el Titulo ll, capitulo 1 de los derechos fundamentales, sección 1, de los derechos civiles y políticos lo siguiente:

articulo 37.- Derecho a la vida. el derecho a la vida es inviolable desde la concepción hasta la muerte. no podrá establecerse, pronunciarse, ni aplicarse, en ningún caso, la pena de muerte.

La palabra concepción, significa acto de concebir o quedar fecundada una hembra. Por tal motivo, no se le puede dar una categoría jurídica al aborto en nuestro Estado, garante de Derechos. La misma carta magna y tratados internacionales lo establece.

No se puede pensar siquiera en hacer modificación a la carta magna, para luego introducir la figura jurídica de el aborto en el ante proyecto de ley, ya que, somos miembros del convenio americano sobre derechos humanos y este establece en su capitulo ll,  de los derechos civiles y políticos lo siguiente:

Artículo 4.  Derecho a la Vida
 1. Toda persona tiene derecho a que se respete su vida.  Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción.  Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente.

 2. En los países que no han abolido la pena de muerte, ésta sólo podrá imponerse por los delitos más graves, en cumplimiento de sentencia ejecutoriada de tribunal competente y de conformidad con una ley que establezca tal pena, dictada con anterioridad a la comisión del delito.  Tampoco se extenderá su aplicación a delitos a los cuales no se la aplique actualmente.

 3. No se restablecerá la pena de muerte en los Estados que la han abolido.


Esto deja dicho que no se puede modificar la constitución y que el aborto es prohibido en su totalidad.

Entiendo que se debe velar por la vida de la mujer embarazada, en los casos que se debe realizar un aborto inducido para salvaguardar la vida de la madre y en los casos que se descubra que haya una malformación grave y el feto no sobrevivirá.
(Opinión personal)

sigueme



sábado, 22 de noviembre de 2014

Justicia o Injusticia


Anoche estuve leyendo un artículo, referente a la jóven que le impusieron tres meses de medida de coerción, debido, a que, supuestamente dió de tomar alcohol a su hija menor de un año de edad, lo que me conmovio bastante e inspiro a realizar un pequeño escrito sobre el tema.

Puntualizar que las Politicas de Estado en materia Juventud, no se estan desarrollando en la Republica Dominicana, por lo cual no existe un sistema de prevención para controlar la ola de embarazos en las adolescentes.

 La jóven Stephany Taveras Estevez, de 18 años, madre de una menor de 2 años, exhibe en las redes sociales una foto, donde muestra a su hija con una botella de cerveza en la boca y escribe un comentario "mi hija nosekeda atraa bebiendose un trago d frias".

Primero, destacar que la foto es un medio de prueba referencial, no puede ser tomado como un medio de prueba contundente, no especifica si en verdad la acción fue ejecutada. 

Segundo, los análisis realizados a la menor, indican que no hubo ingesta de alcohol.

Entonces, Porqué la magistrada Martha Martínez, juez de la Cuarta Sala del Juzgado de Instrucción del Distrito Judicial de Santiago, impone 3 meses de medida de coercion a esta jóven ? Destacar que la falta de justicia en este hecho podria ser usado como otro medio de dispersión de los asuntos de interes reales que se estan llevando a cabo en nuestro País. Referir que, con esta imposicion, se trata el caso de la joven de forma despectiva frente a la sociedad.

Esta  usted de acuerdo con esta imposicion de medida de coercion ?

Sigueme


miércoles, 19 de noviembre de 2014

Cuando la juventud se pone en marcha, el cambio es inevitable,


Los jóvenes dominicanos somos el cambio generacional, que buscamos con el tiempo remozar las instituciones públicas y gubernamentales, entendiendo que debemos tener una participación activa en el ámbito político para poder lograr estos cambios.
Las nuevas formas de ejecución de políticas públicas, nacen con las nuevas generaciones y nuevas circunstancias por la cual atraviesa el sector público, de manera, que si tenemos una juventud preparada, rápidamente comenzamos a adoptar una posición fija en el cambio de ejecución de las políticas de gobierno, por políticas de Estado.

Todos los cambios que se han logrado a través de la historia, primero han sido sueños que, al pasar el tiempo se van materializando hasta verlos realizados. Dijo el finado político, militar y presidente argentino,Juan Domingo Perón, "El cambio generacional es prolongarse hacia el futuro", por esto, juventud vamos a soñar, vamos a aprovechar esta etapa de la vida, como jóvenes vamos a cometer errores, vamos a fallar, vamos a caer y levantar, pero esta etapa lo permite.

Estamos en el momento de generar cambios, de exigir, de dispersar nuestras ideologías  que entendemos productivas para seguir generando cambios en favor de la sociedad, adoptar posturas firmes que vayan en favor de lo correcto y del pueblo.

Vamos a luchar sin miedo, el primer enemigo a vencer somos nosotros, no hay barrera que detenga una juventud firme y decidida.








Inmuebles Registrados y el derecho al desalojo.

La Republica Dominicana tiene como punto de partida en el marco jurídico la ley 108-05 de Registro Inmobiliario, dicha ley nos explica...