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sábado, 28 de noviembre de 2015

Parque Juan Pablo Duarte y Diez ineficiencia municipal.

Juan Pablo Duarte y Diez, fue uno de los mas grandes e importantes pensadores de la historia de la independencia de la República Dominicana. Hoy podemos observar numerosas obras del Estado dominicano que llevan su nombre, entre ellos, parques, plazas, instituciones...

En nuestra amada provincia La Romana, el municipio cabecera que también lleva el mismo nombre, existe un Parque Central que lleva el nombre de nuestro gran pensador, un parque que constituía un espacio de disfrute y esparcimiento para los dominicanos, un ambiente de reunión donde se encontraban aunados los intereses de todos, religiosos, políticos, culturales...
Un parque visitado por miles de feligreses cada año pues, se encuentra ubicado frente a la iglesia católica de Santa Rosa de Lima, lugar que visitan y luego salen a disfrutar del agradable ambiente del Parque Central.

Hoy en día tenemos un problema de gran magnitud, pues, los vendedores de artesanía han tomado este lugar para hacer sus ventas a los turistas que llegan cada año a visitar nuestra provincia, entonces, los ciudadanos no tienen la tranquilidad, armonía y el gran disfrute de ese precioso parque, nuestro parque ha perdido su esencia de ser, lo han convertido en un mercado municipal.

El glorioso ayuntamiento de dicho municipio, quien dirige la alcaldesa en funciones Maritza Suero, en su ineficiente gestión municipal no ha podido resolver esta problemática, no ha podido ubicar a estas personas en un lugar establecido para dichas ventas, sin afectar los intereses de los artesanos pero tampoco afectando los intereses de la colectividad.

Maritza Suero, usted tiene en el abandono la plaza de los bomberos, una plaza que se podría remodelar y convertirse en un punto de venta artesanal excelente, pasar a los artesanos que están en el Parque central hacia la Plaza de los Bomberos y dejar libre una zona de comfort para los visitantes y turistas del Parque Central Juan Pablo Duarte y Diez.

Usted honorable alcaldeza en funciones, puede trabajar en favor del pueblo y casarse con la gloria, pues, a su salida el 16 de Agosto del año 2016, entrará el Dr. José Reyes a dirigir dicho ayuntamiento y usted no tendrá nada que exhibirle al pueblo de La Romana durante su gestión.

Querer es poder, poder no es querer
Sherwin John Delfin Regalado.
Pensador


Artículo escrito el 28 de Noviembre del año 2015, La Romana, Rep. Dom.

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jueves, 27 de agosto de 2015

La Autoridad Metropolitana de Transporte y sus retenciones ilegales


En estos últimos meses la población Dominicana se ha estado quejando por las retenciones arbitrarias que esta realizando la Autoridad Metropolitana de Transporte (Amet), dicho sea de paso, se esta realizando una campaña en todas las redes sociales en contra de esta acción, esto debido a que los ciudadano están circulando en las vías públicas en vehículos de motor sin la debida seguridad, en este caso el uso de casco protector.

Primero, debemos aclarar que, un ciudadano que transita en la vía pública en su vehículo de motor sin el casco protector, no se le puede retener su vehículo, pues, lo que establece la ley 241 de tránsito de vehículo de motor, es que esta práctica solo se puede sancionar con una multa por parte de la autoridad competente.

Ahora bien, debemos aclarar a los ciudadanos que la Autoridad Metropolitana de Transporte, sí puede retener vehículos de motor, esta facultad la adquiere por la misma Ley 241, de hecho la misma sentencia del Tribunal Constitucional TC-0021-15 lo establece en sus CONSIDERACIONES Y FUNDAMENTOS del capítulo ll. Estas retenciones se dan por las siguientes circunstancias:


  1. No llevar consigo la matricula original del vehículo.
  2. No llevar el vehículo de motor la placa que le corresponde.
  3. Llevar una placa que no esté autorizada por la Dirección General de Impuestos Internos
  4. Tener un chasis con la numeración alterada o adulterada.

Estas cuatro formas estan establecidas en la Ley 241 de tránsito de vehículo de motor, en caso de que sucediere un accidente y el dueño del vehículo se vaya dejando su vehículo, la Amet puede llevarselo y dejarlo retenido hasta que se solucione el conflicto.

De la misma forma si usted esta mal aparcado en la vía pública, la autoridad competente puede multarlo, en caso de que no aparezca el dueño. puede mover el vehículo a un lugar que sea factible para que el dueño del vehículo pueda verlo desde el lugar donde estaba mal aparcado.

Antes de exigir debemos documentarnos para tener bien claro, qué vamos a exigir, como lo vamos exigir y cual es la base legal de nuestra exigencia.
El respeto al derecho ajeno es la paz.
Benito Juarez

Lic. Angel Mitchell Mendoza.
Secretario General  Fundación Socio Cultural Quisqueya
Secretario Organización  Fundación Ambarl
Whatsapp 829-577-6771

Inmuebles Registrados y el derecho al desalojo.

La Republica Dominicana tiene como punto de partida en el marco jurídico la ley 108-05 de Registro Inmobiliario, dicha ley nos explica...